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 Programa InnoCámaras

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El Programa InnoCámaras es una iniciativa que promueve la adopción de una cultura de innovación en las pequeñas y medianas empresas para promocionar su potencial de desarrollo e innovación de forma que logren un crecimiento económico sostenido.

La Cámara de Valencia junto con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio e Industria de España y las Cámaras de comercio de la Comunidad Valenciana, han puesto en marcha el Programa InnoCámaras en el marco del Programa Operativo de “I+D+i por y para el beneficio de las Empresas – Fondo Tecnológico, 2007-2013”, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y con aplicación en las zonas de Convergencia, Phasing in, Phasing out y Competitividad de España.

En la anualidad 2011 será posible la participación únicamente en la Fase 2 del Programa InnoCámaras, y únicamente las empresas que llevaron a cabo la Fase 1 (D.A.I.) en la pasada convocatoria (2010) podrán participar en la Fase 2 (P.A.I.) en la convocatoria de 2011. El número de plazas disponible es de 20:

 

FASE II – PLAN DE APOYO A LA INNOVACIÓN.

Una vez finalizada y justificada documentalmente su participación en la primera fase del Programa en la convocatoria anterior, aquellas empresas interesadas que lo soliciten podrán iniciar una fase de proceso encaminada al desarrollo y, en su caso, ejecución de un “Plan de Apoyo a la Innovación” personalizado, realizado a la medida de las necesidades específicas de la empresa.

En esta fase, un/os Asesor/es especialistas procedente/s de una entidad homologada en el marco del Programa InnoCámaras (preferentemente de instituciones activas en innovación: Universidades, Centros de Innovación y Tecnología, Centros Tecnológicos, OPIs, OTRIs, empresas de asesoría-consultoría especializada en innovación…), distinto del que participó en la primera fase, guiarán a las empresas en la puesta en práctica de las recomendaciones y alternativas de inversión en materia de innovación identificadas en la fase de diagnóstico y que resulten claves en la mejora de la competitividad de la empresa.

Dichos asesores seguirán una determinada metodología de apoyo, entregarán los informes correspondientes a la empresa destinataria en el que promoverán las transferencias de tecnologías y conocimientos que resulten de interés para la empresa.

Los Planes de Apoyo a la Innovación pueden incluir los siguientes conceptos:

 

A) Gastos de los servicios de asesoría y consultoría proporcionados por el Asesor para la elaboración del Plan.

La tipología de las actividades a desarrollar será:

  • - Elaboración de estudios de viabilidad previos al desarrollo de un proyecto.
    - Desarrollo de proyecto: transferencia de tecnologías, conocimientos técnicos y similares.
  • - Servicios de diseño, pruebas, ensayos, viabilidad técnica, etc., necesarios para el desarrollo del Plan.
  • - Servicios de vigilancia tecnológica.
  • - Elaboración de estudios del estado del arte previos a la gestión de la propiedad intelectual, a la solicitud de protección patentes, de modelos de utilidad y de otras licencias.
  • - Gestión de la solicitud de patentes, modelos de utilidad, y otras licencias.
  • - Asesoramiento en la elaboración y tramitación de ayudas de ámbito local, autonómico, nacional (incentivos fiscales, subvenciones y otras líneas de financiación) y en la selección de otros profesionales y proveedores de servicios específicos y tecnología.
  • - Asesoramiento experto que oriente a la empresa en el desarrollo de nuevas iniciativas en materia de innovación, de aplicación en cualquier ámbito del modelo de negocio.
  • - Análisis de la oportunidad de la innovación a realizar mediante estudios de mercado, estudios de comparativa benchmarking, estudios de prospectiva y de comportamiento del consumidor, y encuestas de satisfacción y detección de necesidades de los mercados.
  • - Poner en valor los resultados de la innovación: incluye los servicios de asesoría financiera, fiscal y legal concretos y necesarios para la gestión de los proyectos de innovación, valoración de resultados, protección de la propiedad intelectual, gestión de incentivos fiscales, tramitación de memorias para acceder líneas de financiación, etc.
  • - Introducir cambios en la estrategia y gestión interna de la empresa (organización, recursos humanos, procesos y sistemas) que impacten significativamente en su competitividad.
  • - Desarrollo de aplicaciones informáticas específicas y necesarias para el desarrollo e incorporación de nuevos productos o la mejora de los productos y procesos actuales en materia de innovación de aplicación cualquier ámbito del modelo de negocio.

B) Inversiones y/o gastos asociados al desarrollo y ejecución del Plan elaborado por el Asesor, cuya tipología se detalla a continuación.

Inversiones en inmovilizado inmaterial

Serán considerados elegibles los gastos de adquisición de bienes permanentes de naturaleza intangible valorables económicamente, que estén estrechamente ligados con el desarrollo e incorporación de nuevos productos o la mejora de los productos y procesos actuales. Así, se considerarán elegibles los siguientes conceptos:

  • - Implantación de aplicaciones informáticas específicas y necesarias para el desarrollo e incorporación de nuevos productos o la mejora de los productos y procesos actuales.
  • - Gastos de investigación y desarrollo de proyectos.
  • - Protección de la propiedad industrial e intelectual, como patentes, procedimientos de fabricación, y licencias.

Inversiones en inmovilizado material

Serán considerados elegibles los gastos de adquisición de elementos patrimoniales tangibles, muebles o inmuebles dirigidos a introducir innovaciones significativas en los productos, servicios y procesos de la empresa, de las que se deriven ventajas competitivas, mejoras medioambientales o en las condiciones de seguridad. Así, se considerarán elegibles los siguientes conceptos:

  • - Compra o alquiler de equipos, instrumental y otros medios necesarios para el diseño, desarrollo y ejecución del proyecto de innovación.
  • - Inversiones en equipamiento.
  • - Maquinaria e instalaciones técnicas, como equipos de laboratorio, de mediciones, y equipos para la realización de pruebas y ensayos.
  • - Equipo para proceso de información, como adquisición de licencias de uso, incorporación de herramientas informáticas de diseño aplicadas al desarrollo de nuevos o mejorados productos y procesos.

Compra de otros aprovisionamientos

Serán considerados elegibles los gastos de materiales fungibles, suministros y similares  adquiridos a fuentes externas, que estén estrechamente ligados con el desarrollo e incorporación de nuevos productos o la mejora de los productos y procesos actuales y que se consideren necesarios para el desarrollo y ejecución del PAI.
Así, se considerarán elegibles los siguientes conceptos:

  • - Materiales fungibles necesarios para la construcción de prototipos y plantas piloto.
  • - Materiales fungibles necesarios para el desarrollo de pruebas y ensayos.

    Costes de Participación.
    El coste total máximo financiable por el Programa (A+B) es de 6.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria. Asimismo, si la empresa cumple en tiempo y forma con la Fase II, y es validado por los órganos de ejecución del Programa, podrá ampliarse el coste total máximo financiable a 12.000 € (IVA no incluido).

    El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de la ayuda) será del 80% del coste financiable en que haya incurrido la empresa destinataria, siendo por tanto, la cuantía máxima de ayuda por empresa de 9.600,00 € en caso de ejecutar el coste máximo financiable.

    La financiación del importe elegible para el desarrollo de la Fase II – Plan de Apoyo a la Innovación del Programa InnoCámaras es aportada en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y en un 30% por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Valencia.

    Nota:
    En el marco del Programa, no se excluye que las empresas puedan desarrollar y ejecutar Planes de Apoyo de mayor cuantía, si bien únicamente se considerará el coste financiable máximo admitido por la Cámara de Comercio (6.000 € - 12.000 € (IVA no incluido)), de los que la empresa recibiría una ayuda máxima de 4.800 € - 9.600 €.

    SOLICITUDES - DOCUMENTACIÓN
  • - Convocatoria B.O.P
    - Número de plazas convocadas: 20
  • - Fecha límite de presentación de solicitudes: 15 de diciembre de 2011 a las 14:00 h.

  • - Las solicitudes se atenderán por estricto orden de presentación.

    Únicamente las empresas que llevaron a cabo la Fase 1 (D.A.I.) en la pasada convocatoria (2010) podrán participar en la Fase 2 (P.A.I.) en la convocatoria de 2011.

  • Las empresas que se encuentren en este caso, cumplan las condiciones necesarias y deseen solicitar su participación, deberán presentar la siguiente documentación:

    - Impreso de solicitud de participación y declaración jurada debidamente cumplimentados y firmados.- Documento de solicitud de presupuesto, conforme modelo específico: remitir por correo electrónico a innocamaras@camaravalencia.com.
    - Certificado de estar al corriente de pagos a Hacienda Estatal y a la Seguridad Social: Podrán sustituirse por la autorización, en el impreso de solicitud, para que sea Cámara Valencia quien recabe estos certificados. 

    Las empresas cuya participación se acepte recibirán una notificación mediante correo electrónico en la que se concederá un plazo máximo para presentar la siguiente documentación (en caso de no aportación de todos los documentos en tiempo y forma correctos el expediente será puntualmente anulado):

    - Ficha de actualización de datos bancarios debidamente cumplimentada y firmada. Presentar original y remitir por adelantado al correo electrónico innocamaras@camaravalencia.com.
    - Documento de respuesta del servicio de asesoramiento on-line a la propuesta de P.A.I. informando si el proyecto es subvencionable en InnoCámaras: Remitir al correo electrónico innocamaras@camaravalencia.com.

    A continuación la empresa llevará a cabo el P.A.I. con el asesor de su elección y finalmente deberá presentar el resto de documentación justificativa de la acción:

    - Documento de selección de asesor (a elaborar por Cámara y firmar por la empresa participante)
    - Informe final de la Fase 2: Plan de Apoyo a la Innovación (existen ejemplos en la guía del asesor, pero no necesariamente debe ceñirse al formato estándar).
    - Facturas y documentos justificativos de pagos
    - Extracto del movimiento bancario del pago de las facturas (se podrá sustituir por certificado emitido por la entidad bancaria acreditando el pago, siempre que en dicho certificado figure la fecha de salida material de los fondos)

    Modalidades de presentación:

    1.- Presencial
    2.- Por registro telemático
  • 3.- Correo postal Certificado, con acuse de recibo, dirigido a:

Servicio Industria y Medio Ambiente
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Valencia

Jesús, 19 - 46007 Valencia

Contacto:
Servicio Industria
Tlf. 96 310 39 47
email: innocamaras@camaravalencia.com

Para más información del programa InnoCámaras www.innocamaras.org



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