SISTEMA DE AYUDAS A LA FORMACIÓN CONTINUA
Condiciones generales de acceso:
Podrán acceder a las ayudas de formación a través de la gestión del crédito formativo todas aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- La empresa participante debe estar ubicada en España
- La empresa participante no debe tener deudas con la Tesorería de la Seguridad Social
- Los trabajadores formados deben pertenecer al régimen general a cargo de la empresa (no autónomos)
- La Formación debe tener una duración mínima de 6 horas
- La factura y el pago deben realizarse desde la empresa que solicita la ayuda de formación
- La empresa deberá presentar la documentación pertinente para la gestión de ayudas con antelación a la realización del curso formativo.
Causas de pérdida de ayudas:
- No haber realizado el pago del curso antes de la finalización de éste
- No cumplir con el mínimo de asistencia exigido por ley (75% de horas cursos formativos)
- No haber informado a la representación legal de trabajadores de la realización de la formación en plazo y forma estipulado
Documentación a presentar: Si su empresa está interesada en que la Cámara de Comercio tramite las bonificaciones asociadas alguno de sus cursos formativos debe la cumplimentar la documentación que encontrará en la pestaña “Ayudas Formación” asociada a cada curso.
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